Limpieza Inicial Y Desinfección
Nuestra empresa procederá a la limpieza y desinfectación del vaso de la piscina por medio de productos homologados, capaces de eliminar en todo caso las precipitaciones cálcicas y oxidaciones, procediéndose al llenado del mismo, previa limpieza del circuito de depuración y los filtros, en orden a estabilizar los valores de Cl y Ph.
Todos los preparativos necesarios para la limpieza inicial del vaso y su desinfección se harán en un plazo no superior a 30 días antes de la apertura de la misma.
Llenado Y Tratamiento De Choque
Nos encargaremos de llenar el vaso de la instalación, así como la realización del tratamiento de choque.
El tratamiento de choque consiste en aplicar una serie de productos químicos en mayor cantidad a los habituales con la finalidad de acondicionar el agua según los parámetros higiénicos-sanitarios que marca la legislación vigente.
Parámetros físico-químicos.
a) Cloro:
- Cloro residual libre: 0,4-1,2 mg/l.
- Cloro residual combinado: máximo 0,6 mg/l. Sobre el nivel de cloro libre determinado.ç
- Cloro total: máximo 1,8 mg/l.
b) Otros Desinfectantes Utilizados, Su Nivel Maximo Admisible Sera El Siguiente:
- Bromo: 1-3 mg/l. Expresado en Br2.
- Cobre: menor o igual a 1 mg/l. Expresado en Cu.
- Plata: menor o igual a 10 ug/l. Expresado en Ag.
- Acido Isocianúrico: menor o igual a 75 mg/l. Expresado en H3C3N3O3
- Ozono residual: 0 mg/l. Expresado en O3
- Biguanidas: 25-50 ppm.
- Otros: Se podrá tener en cuenta otros desinfectantes siempre y cuando sus concentraciones se ajusten a las especificaciones técnicas que aconsejen sus fabricantes.
c) Caracteres organolépticos (color y olor): ligeros y característicos de los tratamientos empleados o de su procedencia natural.
d) PH: entre 6,5 y 8,5.
e) Turbidez: menor o igual a 1 UNF (Unidades Nefelométricas de Formazina).
f) Amoníaco: menor o igual a 0,5 mg/l.
g) Aluminio: máximo 0,4 mg/l.
h) Hierro: máximo 0,2 mg/l.
i) Nitritos: menor o igual a 0,1 mg/l.
j) Conductividad: incremento menor a 800 microS/cm. Respecto del agua de llenado.
k) Oxidabilidad al permanganato: máximo 3 mg O2/l.
Cuando no se emplee agua de la red de abastecimiento público, el responsable de la instalación deberá facilitar la conductividad del agua de llenado al objeto de comprobar la calidad del agua utilizada.
Parámetros microbiológicos.
- Recuento total de aerobios a 37 ºC: hasta 200 UFC/ml.
- Coliformes totales: menor o igual a 10 UFC/100 ml.
- Coliformes fecales: ausencia/100 ml.
- Estreptococos fecales, Staphylococcus aureus, Escherichia coli, Pseudomonas aeruginosa, Salmonella spo: ausencia/100 ml.
- Parásitos y protozoos: ausencia.
- Algas, larvas u organismos vivos: ausencia.
Tramites Legales de Apertura*
*Sólo las piscinas de uso colectivo deben regirse por éste decreto.
Nuestra empresa realizará en nombre del cliente los trámites necesarios para la obtención del permiso de apertura de la piscina, sin que asuma responsabilidad alguna en el supuesto de denegación o retraso del mismo, cualquiera que fuere su causa.
La documentación necesaria para la apertura de la instalación nos la debe proveer el cliente, ya sea el administrador de la comunidad o su presidente o persona de contacto.
Según el decreto por el que se regulan las condiciones higiénico-sanitarias de las piscinas de uso colectivo de la comunidad de Madrid ( B.O.C.M., núm.124, miércoles, 27/5/1998 ) expone con el fin de agilizar la autorización sanitaria que el titular o representante de la piscina a todos los efectos, deberá presentar en el Centro de Salud Pública de su zona, antes de la apertura de la misma, la siguiente documentación:
- Contrato del socorrista y titulación, original o fotocopia del mismo.
- Contrato de médico y/o A.T.S/D.U.E. (si corresponde)
- C.I.F o N.I.F. de la Comunidad de Vecinos.
- Nombre, D.N.I., dirección y teléfono del presidente, si se trata de una comunidad de vecinos.
- Número de viviendas que constituyen la Comunidad de Vecinos.
- Nombre completo del encargado o de la empresa de mantenimiento, teléfono, dirección de contacto.
- Contrato del teléfono (sólo si es instalación nueva).
- Relación de productos químicos (ficha técnica) que se vayan a utilizar en el tratamiento.
En el momento de la entrega de la documentación se nos entregará el LIBRO DE REGISTRO de instalaciones de piscinas que deberá estar en todo momento, a Disposición de las autoridades Sanitarias, quedándose siempre en las instalaciones de la piscina. Tratamiento Químico Del Agua Y Mantenimiento De Las Instalaciones Abasteceremos de cloro, algicidas, elevadores y reductores de ph, así como cualquier otro producto necesario para el tratamiento adecuado del agua, todos ellos homologados y de primera calidad.
Según el decreto por el que se regulan las condiciones higiénico-sanitarias de las piscinas de uso colectivo de la Comunidad de Madrid (B.O.C.M., núm. 124, miércoles, 27/5/1998) resaltamos:
- El agua de los vasos deberá ser depurada diariamente y de forma continua, por procedimientos físico-químicos de reconocida eficacia, u tilizando al efecto una planta depuradora donde se realicen todas las fases del tratamiento.
- Los sistemas de depuración, filtrado y desinfección de cada vaso serán independientes.
- Para el tratamiento del agua podrá utilizarse cualquier producto de los autorizados por la autoridad sanitaria competente. La utilización de los productos químicos se adecuará a la legislación vigente sobre notificación de sustancias y clasificación, envasado y etiquetado de sustancias y preparados peligroso, así como almacenamiento de los mismos.
Llevaremos un control diario de la calidad sanitaria del agua realizando los correspondientes análisis y manteniendo las cualidades analíticas mínimas que la hagan adecuada para la inmersión de los usuarios según la normativa vigente descrita en el decreto por el que se regulan las condiciones higiénico-sanitarias de las piscinas de uso colectivo de la Comunidad de Madrid (B.O.C.M., núm. 124, miércoles, 27/5/1998). Asimismo se efectuarán los controles de depuración y filtración necesarios para conseguir el perfecto mantenimiento de las instalaciones.
Limpieza Diaria de Fondos Y Pediluvios
En las instalaciones al aire libre en las que existan áreas con césped, tierra o arena, el acceso al vaso se realizará a través de las piletas de paso obligado dotadas con duchas.
Nuestra empresa sabiendo la importancia imperativa de la higiene en éste caso y para evitar el contagio de enfermedades relacionadas, limpiará diariamente los pediluvios y en caso de que las piletas contengan agua, ésta deberá ser clara y bacteriológicamente depurada, en circulación continua, no mezclándose en ningún caso con el agua de los circuitos de depuración del vaso de la piscina.
Así mismo, nos encargaremos de la limpieza también diaria del fondo y paredes del vaso.
Servicio de Socorrismo
Es obligatoria la presencia de socorrista en piscinas de Comunidad de Vecinos que tengan más de 30 viviendas durante el horario de funcionamiento de la misma.
Su función principal será la vigilancia de la piscina durante el horario de apertura al público y será un experto nadador con licencia federativa o, en su defecto, de Cruz Roja española al día.
Asimismo, se le entregará un teléfono móvil en caso de que las instalaciones carezcan de tal medio de contacto en situaciones de urgencia.
El socorrista será el encargado de limpiar el vaso, el andén, así como la zona de playa y los pediluvios de la piscina periódicamente.
El número de socorristas será de un mínimo de (según el decreto por el que se regulan las condiciones higiénico-sanitarias de las piscinas de uso colectivo de la Comunidad de Madrid, B.O.C.M., núm.124, miércoles, 27/5/1998.):
- Un socorrista hasta 500 m2 de lámina de agua.
- Dos socorristas entre 500 y 1000 m2 de superficie de lámina por cada vaso, y a partir de cada 1000 m2 de exceso un socorrista más.
- en el caso de que la separación física de los vasos (si hay dos o más) no permita una vigilancia eficaz, será obligatoria la presencia de un socorrista en cada vaso.
La selección, contratación y demás aspectos relativos al personal de socorrismo requeridos por el cliente son responsabilidad exclusiva de nuestra empresa., el cliente queda eximido de cualquier responsabilidad al respecto y podrá solicitar a nuestra empresa que le remita los TC2 de los socorristas de la instalación así como el parte de Alta-Baja de los mismos. Servicio De Portería
Nuestra empresa proporcionará el personal necesario para este puesto de trabajo, cuya labor principal, será comprobar y hacer cumplir las normas que se establezcan para el acceso a la instalación.
El cliente podrá especificar también otras labores complementarias para estos trabajadores siempre que se ajusten a la normativa vigente.
Reparación De Averías
Nuestra empresa, con el propósito de mejorar el servicio de mantenimiento que ofrece, dispone de personal cualificado que subsanará las deficiencias con la mayor celeridad posible. Las reparaciones que resulte n necesarias; serán en todo caso por cuenta del cliente, a quien se facilitará presupuesto previo que deberá ser aceptado.
Nuestra empresa no se responsabilizará de las roturas de material de la instalación por causas ajenas a ella, corriendo dicha partida a cargo del cliente. No obstante, informará puntualmente de las anomalías que a su juicio puedan ocasionar futuras roturas, y se responsabilizará, únicamente, del uso incorrecto de las instalaciones por parte de su personal.
Cierre De Las Instalaciones
Nuestra empresa se encargará de retirar las escaleras de la piscina y depositarlas en algún lugar adecuado para su conservación dentro de la comunidad de propietarios si dispone de el. Recubrirá las duchas para superar las inclemencias del tiempo invernal. Limpiará y recogerá los vestuarios y aseos. La adecuación del vaso se realizará después de la fecha de cierre de la instalación. Consistirá en:
- Bajar el nivel del agua en 20 cm. aproximadamente.
- Depositar flotadores para evitar la presión del hielo.
- Lavado de filtros y engrase de válvulas.
- Limpieza y protección del motor.
- Colocación de lona en caso de existir.
Invernaje (Adecuación Temporada Invernal)
El invernaje consiste en la aplicación de productos que tienen como fin la conservación de las propiedades del agua en la temporada invernal.
El tratamiento de invierno tiene una duración de nueve meses, realizándose una vez ha finalizado la temporada de verano, se procederá a acondicionar las instalaciones para protegerla de los rigores del invierno y de su inactividad.
La adecuación se realizará después de la fecha de cierre de la instalación. Consistirá en:
- Bajar el nivel del agua en 20 cm. aproximadamente.
- Depositar flotadores para evitar la presión del hielo.
- Lavado de filtros y engrase de válvulas.
- Limpieza y protección del motor.
- Colocación de lona en caso de existir.
- Aplicación de invernador dos veces, al finalizar la temporada y entre los meses de enero y febrero, dependiendo de las inclemencias del tiempo. (se realizará de forma gratuita previo aviso de 20 días antes de la fecha de cierre de la instalación).
- Se visitará la piscina al menos una vez al mes para comprobar su estado y si lo requiera, nos comprometemos a ir las veces necesarias para que el estado del agua sea el correcto para el uso del invernador.
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